jueves, 9 de septiembre de 2010

Retención en la fuente

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CONTRATO DE TRABAJO

Contrato de trabajo es aquél por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración.
Quien presta el servicio se denomina trabajador, quien lo recibe y remunera, patrono, y la remuneración, cualquiera que sea su forma, Salario. (Art. 22 C.S.T).
Elementos del contrato de trabajo
Para que haya contrato de trabajo se requiere que concurran estos tres elementos esenciales:
a) La actividad personal del trabajador, es decir, realizada por sí mismo;
b) La continuada subordinación o dependencia del trabajador respecto del empleador, que faculta a éste para exigirle el cumplimiento de órdenes, en cualquier momento, en cuanto al modo, tiempo o cantidad de trabajo, e imponerle reglamentos, la cual debe mantenerse por todo el tiempo de duración del contrato. Todo ello sin que afecte el honor, la dignidad y los derechos *(mínimos)* del trabajador en concordancia con los tratados o convenios internacionales que sobre derechos humanos relativos a la materia obliguen al país, y
c) Un Salario como retribución del servicio.
Una vez reunidos los tres elementos de que trata este artículo, se entiende que existe contrato de trabajo y no deja de serlo por razón del nombre que se le dé, ni de otras condiciones o modalidades que se le agreguen.

2. QUE ES LA COEXISTENCIA DE CONTRATO SEGÚN C.S.T
Un mismo trabajador puede celebrar contratos de trabajo con dos o más patronos, salvo que se haya pactado la exclusividad de servicios en favor de uno solo.


3. QUIENES TIENEN CAPACIDAD DE CONTRATACION SEGÚN EL C.S.T
Tienen capacidad para celebrar el contrato individual de trabajo todas las personas que hayan cumplido diez y ocho (18) años de edad.

Por razones económicas, determinadas por la realidad social y fundadas en la necesidad de la clase trabajadora, se ha aceptado que menores de 18 años puedan trabajar, para lo cual necesitan una autorización especial escrita por parte del inspector del trabajo, o en su defecto de la primera autoridad local, a solicitud de los padres del menor

4. EXPLIQUE LAS MODALIDADES DEL CONTRATO DE TRABAJO SEGÚN EL C.S.T
Las modalidades de contratación son diversas y se clasifican según la manera como se suscribe el mismo o el tiempo de duración que vaya a tener la prestación del servicio personal al empleador.
POR SU FORMA
Contrato Verbal de trabajo: Como su nombre lo indica es aquel que se celebra de palabra y hace referencia al acuerdo verbal entre un empleador y un trabajador sobre una determinada labor, el lugar de prestación del servicio y su remuneración.
Contrato escrito de trabajo: Es el acuerdo entre trabajador y empleador que se plasma en un documento. Se facilita de esta manera la prueba del contrato, aunque no sobra advertir que para probar dentro de un proceso la existencia de un contrato laboral se admiten los demás medios probatorios, tales como el testimonio, la inspección judicial, reconocimiento de documentos etc.

POR SU DURACIÓN

Contrato a término fijo: Es aquel que tiene un límite en el tiempo. Las partes determinan exactamente la fecha en que ha de terminarse el contrato
Contrato a término indefinido: Es el más común de los contratos laborales y se caracteriza porque no tiene limitación en el tiempo, no prevé ninguna fecha, condición o circunstancia que permita conocer desde su inicio el momento hasta el cual habrá de tener vigencia el mismo.

5. CUALES SON LAS CAUSALES DE SUSPENSION DEL CONTRATO DE TRABAJO
• Invalidez absoluta temporal o invalidez parcial
• La enfermedad y el accidente
• La maternidad durante el descanso pre y posnatal.
• El descanso vacacional
• Las licencias para desempeñar cargo cívico y para cumplir con el servicio militar obligatorio.
• Permiso o licencia para desempeñar cargo sindical
• La sanción disciplinaria
• El ejercicio del derecho a la huelga
• La detención del trabajador
• Suspensión precautoria: Es la dispuesta por el empleador para investigar hechos acaecidos dentro de la empresa que pueden eventualmente configurar incluso falta grave del trabajador
• La inhabilitación administrativa o judicial
• Suspensión por causa económica.
• El caso fortuito y fuerza mayor.

6. CUALES SON LAS OBLIGACIONES DEL EMPLEADO Y EL TRABAJADOR
Obligaciones del empleador:
• Suministrarle los implementos de trabajo necesarios para el desempeño de la labores
• Brindarle protección y seguridad en el sitio de trabajo.
• Prestarle los primeros auxilios en caso de accidente.
• Pagar la remuneración según las condiciones pactadas en el contrato de trabajo (monto y lugar).
• Respetar la dignidad personal del empleado.
• Concederle las licencias necesarias.
• Expedir certificados de servicio. (diferente de un carta de recomendación)
• Pagarle los gastos de regreso al sitio en el que se le contrató inicialmente.
• Cumplir el reglamento, y mantener el orden, la moralidad y el respeto a las leyes (debe estar incluido en el contrato de trabajo).
Obligaciones del trabajador:
• Realizar personalmente la labor contratada, excepto trabajador a domicilio.
• Reservarse información sobre la empresa cuya divulgación puede ocasionar perjuicios al empleador.
• Guardar la moral en las relaciones con los compañeros y superiores.
• Conservar y restituir los implementos de trabajo.
• Comunicar observaciones que puedan evitar daños y perjuicios.
• Observar las medidas preventivas y de higiene.
• Observar diligencia y cuidado en la prevención de accidentes y enfermedades profesionales.
• Colaborar en situaciones de riesgo que afecten o amenacen personas, cosas o al establecimiento.




7. CUALES SON LAS PROHIBICIONES DEL EMPLEADOR Y EL TRABAJADOR
Prohibiciones del empleador:
• Deducir, retener o compensar sumas de salarios y prestaciones sociales sin autorización previa y escrita del empleado. ( si las estipuladas por la ley mutuo acuerdo)
• Obligarlo a comprar mercancías en lugares establecidos por el empleador.
• Exigir o aceptar dinero del trabajador para ser aceptado en el trabajo.
• Limitar el derecho de asociación de los trabajadores.
• Imponerles obligaciones de tipo religioso o político.
• Autorizar o tolerar propaganda política en el trabajo.
• Permitir rifas, colectas o suscripciones.
• Impedir el trabajo del trabajador en otra empresa.
• Permitir actos que atenten contra la dignidad del trabajador
Prohibiciones del trabajador:
• ejecutar cualquier acto que pueda poner en peligro su propia seguridad, la de sus compañeros de trabajo o la de terceras personas, asi como la de los establecimientos o lugares en que el trabajo se desempeñe
• faltar al trabajo sin causa justificada o sin permiso del patrón
• substraer de la empresa o establecimiento útiles de trabajo o materia prima o elaborada
• presentarse al trabajo en estado de embriaguez;
• portar armas de cualquier clase durante las horas de trabajo, salvo que la naturaleza de este lo exija. se exceptúan de esta disposición las punzantes y punzo-cortantes que formen parte de las herramientas o útiles propios del trabajo;
• suspender las labores sin autorización del patrón;
• hacer colectas en el establecimiento o lugar de trabajo;
• usar los útiles y herramientas suministrados por el patrón, para objeto distinto de aquel a que estan destinados
• hacer cualquier clase de propaganda en las horas de trabajo, dentro del establecimiento

8. DEFINA EL PERIODO DE PRUEBA
Es el tiempo concertado por el trabajador y el empresario durante el cual, cualquiera de ellos puede dar por finalizada la relación laboral sin preaviso, sin necesidad de alegar ninguna causa y sin derecho a indemnización.
Tiene como finalidad, en el caso del empresario, comprobar si el trabajador está o no capacitado para desarrollar el trabajo para el que ha sido contratado, y en el caso del trabajador, permite conocer las condiciones en las que se va a desarrollar su trabajo. Si el trabajador ya ha desempeñado con anterioridad (en esa misma empresa) las mismas funciones para las que se le contrata nuevamente, se entenderá suprimido el periodo de prueba. También se considerará suprimido si no se establece expresamente este periodo en el contrato. La duración máxima del periodo de prueba depende del convenio colectivo aplicable al sector o empresa concreta y de la categoría profesional del trabajador. Así, para los trabajadores contratados por su calidad de técnicos o titulados, se establecerá un plazo de prueba máximo de 6 meses y de 2 meses para el resto de los trabajadores


9. EXPLIQUE OTROS CONTRATOS DE TRABAJO

CONTRATOS NO LABORALES

Forma de remuneración: Honorarios (no salario)
Seguridad social: la afiliación al sistema se debe realizar como trabajador independiente: el contratista asume la totalidad de las cotizaciones; sus aportes se cotizan sobre una base del 40% del valor del contrato.
No se genera ninguna relación laboral, no hay lugar al pago de prestaciones sociales, no hay obligaciones en el cumplimiento de horarios.

EL CHEQUE

EL CHEQUE
Es un documento considerado titulo valor por qué sirve de soporte a los pagos en efectivo o las compras y también para respaldar las deudas.
Sus partes son:
-nombre del banco girado
- serie y numero
-ciudad y fecha
-nombre del beneficiario
- valor en número y letras
- firma del girador
- numero de la cuenta corriente.

Cheque cruzado
Es aquel que no puede ser cobrado por ventanilla, solo se puede hacer efectiva a través de la consignación bancaria, se distingue por tener dos líneas trazadas paralelamente.



Cheque especialmente cruzado

Es aquel que dentro de las líneas tiene un sello que dice “páguese únicamente al primer beneficiario.

Cheque de gerencia

Es girado por los bancos contra sus propios fondos puesto que este cheque únicamente se hace efectivo al primer beneficiario y tiene como respaldo el banco como girador.

Cheque certificado

por solicitud del girador el banco certifica que la cantidad girada en el cheque esta en depósito a la respectiva cuenta.

Cheque viajero

Su finalidad consiste en procurar el movimiento del dinero, sin que este se desplace físicamente.

Cheque de caja

Es un cheque expedido por una institución de crédito a sus propias dependencias.
Cheque cancelatorio
Se usa para realizar pagos y consignaciones de valores muy altos .

jueves, 2 de septiembre de 2010

autoevaluacion



-SABER:4.0

-SER:4.0

-HACER:4.3

-CONVIVIR:5.0


DEFINITIVA
:4.2

miércoles, 1 de septiembre de 2010

DOCUMENTOS COMERCIALES



.COTIZACION::documento que asesora al cliente en el momento de hacer una compra. Esta informa el precio,cantidad del producto, formas de pago y posibles descuentos

PEDIDO:Es un documento mediante el cual una persona o empresa formula un pedido de compra a un comerciante. Este documento comercial no obliga a realizar la operación.
Deberán extenderse cómo mínimo dos ejemplares: uno que queda en poder del que lo suscribió (comprador) y otro, que es el que se entrega o envía al vendedor.

REMISION:Se utiliza este comprobante para ejecutar la entrega o remisión de los bienes vendidos. En él, la persona que recibe esos bienes deja constancia de su conformidad, y con ello queda concretado el derecho del vendedor a cobrar y la obligación del comprador a pagar. Sirve de base para la preparación de la factura.

El remito se extiende por triplicado: el original firmado por el vendedor se entrega al adquirente; el duplicado, con la conformidad del comprador por los efectos que los ha recibido, queda en poder del vendedor y se destina ala sección facturación para que proceda ala emisión de la factura. Por último el triplicado permanece en la sección depósito par constancia de las mercaderías salidas.


KARDEX:
registro de la mercancia que se tiene en una bodega.Generalmente para realizar un kardex debemos hacer primero el inventario de toda la bodega.



FACTURA:
Es la relación escrita que el vendedor entrega al comprador detallando las mercancías que le ha vendido, indicando cantidades, naturaleza, precio y demás condiciones de la venta.
Con este documento se hace el cargo al cliente y se contabiliza su deuda a favor del vendedor. Para el comprador es el documento que justifica la copra y con su contabilización queda registrado su compromiso de pago.
Como mínimo la factura debe extenderse por duplicado. El original queda en poder del comprador y el duplicado queda para el vendedor y con el se contabiliza la venta y el cargo al comprador.
La factura es el documento principal de la operación de compraventa con ella queda concretada y concluida la operación y es un documento de contabilidad y medio de prueba legal


RECIBO DE CAJA:
El recibo es una constancia de pago o de haber recibido dinero. Lo otorga siempre el que recibe y su firma puesta al pie es la prueba de la extinción parcial o total de la deuda.